"La urgencia del agua". Mafalda González Abelleira (UPM)

por Mafalda González Abelleira

Grupo de cooperación Sistemas de agua y saneamiento para el desarrollo-UPM

Ante la nueva celebración del Día Mundial del Agua, resulta adecuado y oportuno, otra vez más, centrar la atención en la importancia del agua y la defensa de la gestión sostenible de los recursos hídricos.

El día  internacional del agua nació en 1993 cuando la Asamblea General de Naciones Unidas designó cada 22 de marzo como el Día Mundial del Agua, y todo ello en respuesta a la recomendación emitida durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD) un año antes en Río de Janeiro. Desde entonces cada 22 de marzo, y ya 18 veces (pronto 19), se celebra  el Día Mundial del Agua, en el cuál cada año se centra en un tema específico.

Ya por aquellos años, la problemática del  agua y saneamiento no era un desafío desconocido y mucho menos olvidado, por lo menos en lo que a reconocimientos internaciones se refiere. Los claros vínculos del agua y desarrollo la han situado en la lista de temas internacionales desde la conferencia de Naciones Unidas sobre el agua en 1977 en Mar de Plata. En los años 80 la Década Internacional del Agua Potable y Saneamiento  fracasó ya que el número de personas sin acceso era prácticamente el mismo que la década anterior-. Mejores resultados se obtuvieron en la década de los 90 cuando se producen diversas cumbres y conferencias, entre ellas el Primer Foro Mundial del Agua en Marrakech.

Es en el último año de la década de los 90 cuando surgen los famosos Objetivos del Milenio (ODM). El acceso a agua potable  y a saneamiento  se contempla en el Objetivo 7 -Asegurar la sostenibilidad del medio ambiente-, y más concretamente queda explícitamente mencionado en la  Meta 10: Reducir a la mitad, para el año 2015, el porcentaje de personas sin acceso sostenible a agua potable y a servicios de saneamiento básicos.   En el último informe de Naciones Unidas (2012) de  los Objetivos del Desarrollo del Milenio (ODM) se anunciaba  que en el año 2010 ya se había logrado la meta del agua, cumpliéndose  cinco años antes de lo establecido. No obstante, es importante tener en cuenta que el indicador  que se utiliza para su medición es de tipo tecnológico,  y de este modo no se incorporan criterios del nivel del servicio: aspectos como la calidad del agua, la distancia a la que está la fuente de  agua, el tiempo que se invierte para acceder, la continuidad del servicio, el mantenimiento de los sistemas e infraestructuras o los impactos medioambientales que ocasionan las instalaciones de saneamiento. En todo caso, es de resaltar que los ODM han servido para poner en la agenda internacional del desarrollo una serie de objetivos destinados a reducir la pobreza, han generado voluntad política para conseguirlos y movilizados importantes fondos financieros y humanos en el empeño.

Lo anterior, sin embargo, evidenciaba la necesidad de incorporar la consideración de derechos humanos a los ODM, tanto en lo que se refiere a la concreción de metas como a los indicadores de progreso. Fue entonces, en el año 2002, cuando el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (CESCR), emitió la Observación General 15, en el que se reconoce el Derecho humano al agua como indispensable para vivir dignamente,  condición previa para la realización de otros derechos humanos y en el que además se incluían dimensiones que son omitidas en el seguimiento de los ODM.

De este modo, el derecho al agua para cada persona debe estar disponible (en cantidad y continuidad) para uso doméstico y personal, tales como bebida, aseo y preparación de comida. Debe contener la calidad adecuada; libre de microorganismos, de sustancias químicas que amenazan la salud y además debe ser aceptable por el usuario, en cuanto a olor, sabor y color. Por supuesto, de nada sirve que esté disponible y sea potable, si no es accesible. Y accesible en tres sentidos: Accesible físicamente –los servicios deben encontrarse al alcance seguro de todos los sectores de la población-, accesible económicamente -los costes directos e indirectos deben ser asequibles y no deben interferir en el ejercicio de otros derechos-, y accesible a la información –el derecho de buscar, recibir y difundir información concerniente al agua-.

Pero… ¿Quién debe asegurar que se cumplan estas dimensiones? Para garantizar el acceso a agua como un derecho humano son los estados quién tienen el deber de acotar las siguientes obligaciones: respetar el derecho, proteger de terceros –empresas, grupos u otras organizaciones con intereses específicos-  y la obligación de  cumplir el derecho- otorgando subsidios y la disponibilidad de una dotación mínima aún en caso de no poder pagarla los usuarios.

Son muchas las evidencias sobre cómo este derecho ha sido vulnerado, y también son muchos los países que han ratificado los Pactos Internacionales de los Derechos Humanos y por tanto comprometidos con el derecho humano al agua, y sin embargo, el derecho humano al agua no está garantizado. Es obvio que queda mucho por hacer y la cuestión ahora radica en cómo se debe cooperar para acercarnos un poco más a la realidad del Derecho humano al agua.

En este sentido, el Día Mundial del agua de este año trata sobre el Año Internacional de la Cooperación en la esfera del Agua. La Asamblea General reconoce que la cooperación es esencial para lograr un equilibrio entre las necesidades y prioridades diferentes, así como compartir este valioso recurso de manera equitativa, utilizando el agua como un instrumento de paz. Si la satisfacción de las necesidades humanas, el medio ambiente, el desarrollo socioeconómico y la reducción de la pobreza son fuertemente dependientes del agua, parece lógico y acertado potenciar la buena gestión y la cooperación entre los diferentes  grupos de usuarios y actores de la cooperación, que promueven el acceso al agua, la lucha contra su escasez y contribuyen a la reducción de la pobreza.

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